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Registro de jornada: horas de la semana, horas extra y salario

Introduce tu horario de cada día para sumar las horas trabajadas en la semana, descontando las pausas, con las horas extra y el salario bruto.

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Resultados

Total de horas trabajadas

40,00 h

Salario bruto de la semana

480,00 €

Total (h:mm:ss)
40:00:00
Horas ordinarias
40,00 h
Horas extra
0,00 h
Sin horas extra
Media por día trabajado
8,00 h

Sumar las horas de la semana

Comprobar tu nómina, controlar las horas extra o llevar tu propio registro empieza por sumar bien las horas trabajadas. Con horarios distintos cada día, pausas y alguna tarde que se alarga, la cuenta se complica. Esta calculadora suma la semana a partir de la hora de entrada y de salida de cada día.

Cómo se calcula

Horas del día = salida − entrada − pausa no retribuida

Si la salida es anterior a la entrada, se entiende que el turno termina al día siguiente. Los días sin horario cuentan como no trabajados.

Horas extra = horas de la semana − jornada ordinaria, si es positivo.

Salario bruto = horas ordinarias × precio por hora + horas extra × precio por hora × (1 + recargo)

Ejemplo resuelto

Trabajas de lunes a viernes de 9:00 a 17:30 con media hora para comer no retribuida: 8 horas al día y 40 a la semana, sin horas extra. A 12 € la hora, la semana supone 480 € brutos. Si el viernes sales a las 20:30, sumas 43 horas: 3 son extra y, con un recargo del 25 %, la semana sube a 525 €.

Lo que dice la ley en España

  • Jornada máxima: 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual, según el Estatuto de los Trabajadores. Muchos convenios fijan menos.
  • Horas extra: son las que superan la jornada ordinaria. Se pagan con la cantidad que fije el convenio o el contrato, nunca inferior al valor de la hora ordinaria, o se compensan con descanso retribuido.
  • Límite anual: 80 horas extra al año, sin contar las compensadas con descanso en los cuatro meses siguientes.
  • Descansos: si la jornada diaria continuada supera las 6 horas, hay derecho a una pausa de al menos 15 minutos, que solo cuenta como trabajo si así lo dice el convenio o el contrato.
  • Registro de jornada: obligatorio desde 2019. La empresa debe guardar los registros diarios durante cuatro años y tenerlos a disposición de los trabajadores, sus representantes y la Inspección de Trabajo.

A tiempo parcial

Los trabajadores a tiempo parcial no pueden hacer horas extra, salvo por fuerza mayor; las horas por encima de lo pactado se hacen como horas complementarias, que deben estar acordadas por escrito y tienen sus propios límites. Para este caso, pon como umbral de horas extra tu jornada pactada y revisa tu contrato.

Consejos

  • Anota la hora real de entrada y salida, no la teórica.
  • Indica la pausa no retribuida que corresponde a cada día; si solo comes algunos días fuera, ajusta las horas de ese día.
  • Guarda tus propios registros y compáralos con los de la empresa y con la nómina.
  • Si tu convenio fija la jornada en cómputo anual, una semana larga puede compensarse con otra más corta: las horas extra se calculan entonces sobre el año.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calculan las horas semanales trabajadas?

Para cada día se resta la hora de entrada de la de salida y se descuenta la pausa no retribuida. De 9:00 a 17:30 con 30 minutos de pausa son 8 horas al día y 40 a la semana.

¿Cuándo empiezan las horas extra en España?

Son horas extraordinarias las que superan la jornada ordinaria, como máximo 40 horas semanales de promedio en cómputo anual, o la que fije tu convenio, que a menudo es menor.

¿Cuánto se pagan las horas extra?

Lo fija el convenio o el contrato: nunca menos que una hora ordinaria, y muchos convenios añaden un recargo del 25 al 75 %. También pueden compensarse con descanso.

¿Es obligatorio el registro de jornada?

Sí. Desde 2019 las empresas deben registrar a diario la hora de inicio y fin de la jornada de cada trabajador y conservar los registros cuatro años.

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Resultados orientativos con fines informativos. No sustituyen el consejo de un profesional.