Esta calculadora ofrece una estimación con fines informativos para autónomos persona física en estimación directa simplificada. No sustituye el consejo de un gestor o asesor fiscal. Usa la tabla de cotización por tramos de 2025; si se aprueba una tabla distinta, las cuotas pueden variar.
Dos pagos que hace todo autónomo
Un trabajador por cuenta propia en España paga, de lo que gana con su actividad:
- La cuota de autónomos a la Seguridad Social, cada mes. Desde 2023 depende de los rendimientos netos reales, según una tabla de tramos.
- El IRPF, que se adelanta cada trimestre con el modelo 130 o con las retenciones de las facturas, y se ajusta en la declaración de la renta.
Además, la mayoría cobra IVA en sus facturas y lo ingresa cada trimestre con el modelo 303, pero ese IVA no es suyo: por eso la calculadora trabaja con ingresos y gastos sin IVA.
Cómo se elige el tramo de la cuota
- Ingresos menos gastos deducibles de la actividad, sin restar la propia cuota de autónomos.
- Se resta un 7 % de gastos genéricos (un 3 % para autónomos societarios).
- El resultado se divide entre 12: ese rendimiento mensual determina el tramo y su base mínima de cotización.
- La cuota es la base por el 31,4 % (contingencias comunes y profesionales, cese de actividad, formación profesional y mecanismo de equidad intergeneracional).
Al principio eliges tu tramo según una previsión, y puedes cambiarlo hasta seis veces al año. Cuando Hacienda comunica tus rendimientos reales, la Seguridad Social regulariza: te devuelve lo que pagaste de más o te reclama la diferencia.
Ejemplo: 36.000 € de ingresos y 6000 € de gastos
- Rendimiento neto: 36.000 − 6000 = 30.000 €.
- Rendimiento para el tramo: 30.000 × 0,93 ÷ 12 = 2325 € al mes, el tramo de 2030 a 2330 €.
- Base mínima del tramo: 1274,51 €. Cuota: 1274,51 × 31,4 % = 400,20 € al mes, 4802 € al año.
- Rendimiento fiscal: 30.000 − 4802 = 25.198 €, menos un 5 % de gastos de difícil justificación (1260 €) = 23.938 €.
- IRPF estimado: 4292 € al año, con el mínimo personal de 5550 €.
- Neto: 30.000 − 4802 − 4292 = 20.905 € al año, unos 1742 € al mes.
- Pago fraccionado del modelo 130: unos 1260 € por trimestre, si tus clientes no te retienen.
Con la tarifa plana de 80 € al mes, el mismo autónomo pagaría 960 € de cuota en lugar de 4802 €, y su neto subiría a unos 1971 € al mes.
Neto según los ingresos
Con 6000 € de gastos al año, sin tarifa plana y sin hijos:
| Ingresos sin IVA | Cuota mensual | IRPF anual | Neto al mes |
|---|---|---|---|
| 15.000 € | 225,75 € | 81 € | 517 € |
| 24.000 € | 301,68 € | 1602 € | 1065 € |
| 36.000 € | 400,20 € | 4292 € | 1742 € |
| 50.000 € | 477,16 € | 8100 € | 2514 € |
| 70.000 € | 543,86 € | 15.172 € | 3525 € |
| 100.000 € | 605,42 € | 27.978 € | 4896 € |
La cuota mínima va de unos 205 € al mes en el primer tramo, para rendimientos por debajo de 670 €, a unos 605 € en el último, por encima de 6000 € al mes. Puedes cotizar por una base más alta que la mínima de tu tramo: pagarás más, pero mejorarás tus prestaciones y tu futura pensión.
El IRPF del autónomo
En estimación directa simplificada, el rendimiento neto se calcula restando a los ingresos todos los gastos de la actividad, incluida la cuota de autónomos, y después un 5 % de gastos de difícil justificación, con un máximo de 2000 € al año. Ese rendimiento tributa con la misma escala progresiva que un sueldo, del 19 % al 47 %.
Durante el año se paga a cuenta de dos formas:
- Modelo 130: cada trimestre ingresas el 20 % del rendimiento neto acumulado, menos lo ya pagado.
- Retenciones en las facturas: si tus clientes son empresas o profesionales, te retienen un 15 % (un 7 % los tres primeros años de actividad). Si al menos el 70 % de tus ingresos llevan retención, no tienes que presentar el modelo 130.
La tarifa plana
Quien se da de alta por primera vez, o no ha sido autónomo en los dos años anteriores (tres si ya disfrutó de la tarifa), paga 80 € al mes durante 12 meses. Si sus rendimientos no superan el salario mínimo, puede mantenerla otros 12 meses. Algunas comunidades autónomas pagan incluso esa cuota durante el primer año.
Gastos que suelen olvidarse
Además del material y los suministros de la actividad, son deducibles la cuota de autónomos, la gestoría, el seguro de responsabilidad civil, las comisiones bancarias de la cuenta del negocio y, si trabajas desde casa, el 30 % de la parte proporcional de los suministros de la vivienda afecta a la actividad. Cada gasto debe tener factura y estar vinculado a la actividad.