Pagar solo los días que ocupas
Cuando un contrato de alquiler empieza o termina a mitad de mes, lo justo es pagar solo los días en los que se ocupa la vivienda. Esta calculadora prorratea la renta y los gastos repercutidos según los días de ocupación, con tres métodos posibles, y muestra el importe total, la parte de renta y la de gastos, y el coste por día.
Las fórmulas
Días reales: coste diario = (renta + gastos) ÷ días del mes
Base de 30 días: coste diario = (renta + gastos) ÷ 30
Base anual: coste diario = (renta + gastos) × 12 ÷ 365
Importe = coste diario × días de ocupación
Ejemplo resuelto: entrada el 21 de mayo
- Renta de 750 € más 80 € de gastos de comunidad: 830 € al mes.
- Mayo tiene 31 días: 830 ÷ 31 = 26,77 € por día.
- Del 21 al 31, ambos incluidos: 11 días.
- Importe del primer mes: 26,77 × 11 = 294,52 €, de los que 266,13 € son renta y 28,39 € gastos.
Con una base de 30 días saldrían 304,33 €, y con la base anual, 300,16 €. La diferencia es pequeña, pero conviene pactar el método por escrito.
Importe según los días (830 € en un mes de 31 días)
| Días | Importe | Parte del mes |
|---|---|---|
| 5 | 133,87 € | 16,1 % |
| 10 | 267,74 € | 32,3 % |
| 11 | 294,52 € | 35,5 % |
| 15 | 401,61 € | 48,4 % |
| 20 | 535,48 € | 64,5 % |
| 25 | 669,35 € | 80,6 % |
Lo que dice la Ley de Arrendamientos Urbanos
La LAU deja que propietario e inquilino pacten la forma de pago, y lo normal es pagar por meses adelantados en los primeros días de cada mes. El prorrateo del primer y el último mes no está regulado expresamente, así que lo mejor es dejarlo escrito en el contrato. Al firmar, además de la renta del primer mes, el inquilino entrega la fianza legal de una mensualidad (dos en alquiler de temporada), y el propietario puede pedir garantías adicionales de hasta dos mensualidades más.
Salir antes de que acabe el contrato
En un alquiler de vivienda habitual, el inquilino puede desistir una vez cumplidos 6 meses, avisando al menos con 30 días de antelación. Si el contrato lo prevé, el propietario puede cobrar una indemnización de un mes de renta por cada año que quede por cumplir, prorrateada por meses. El último mes se paga hasta el día en que se entregan las llaves, salvo que se pacte otra cosa o entre antes un nuevo inquilino.
Gastos repercutidos
Los gastos de comunidad, el IBI o los suministros solo los paga el inquilino si el contrato lo dice expresamente, con su importe anual. Desde la Ley de Vivienda de 2023, los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato corren siempre a cargo del propietario. Prorratea los gastos repercutidos igual que la renta para que el cálculo sea coherente.